Entre todos los ritos masones hay algunos que admiten dos mayordomos entre los oficiales; sus obligaciones son asistir al Limosnero en todas sus funciones acerca de los pobres y enfermos.
Deben también ayudar al Maestro de Ceremonias a ordenar y arreglar los banquetes y fiestas, y son miembros de las diputaciones solemnes decretadas por la Logia.
Todas las Logias pueden arreglar los deberes de los mayordomos según sus intereses particulares y pueden aumentar el número de Oficiales si sus ritos lo exigen, fijando sus atribuciones y obligaciones por leyes particulares a su Logia.
HERMANOS SIRVIENTES.
Para ser H.·. sirviente debe ser el aspirante, hombre libre, honesto, honrado y bastantemente civilizado para que pueda ser propio a sus futuras ocupaciones.
Un individuo propuesto para ser recibido Hermano sirviente será del mismo modo que los profanos sorteado por bolas: pero cuando se reciba se podrán omitir muchas de las ceremonias y costumbres usadas conforme a las circunstancias; pero debe jurar obediencia discreción y fidelidad.
Todo Hermano sirviente está obligado a ejecutar estrictamente las ordenes del Venerable y de los Dignatarios y Oficiales relativos a la Logia.
Dichos Hermanos presentarán con la mas rigurosa exactitud las circulares que se les den al intento por el Venerable y los Dignatarios y Oficiales de la Logia, que son los que tienen el derecho de despacharlas; y evitaran presentarlas en tiempo que los Hermanos no las puedan leer.
Si un Hermano se tomase la libertad de escribir en la circular notas y observaciones sobre lo que contiene, el Hermano sirviente la volverá a llevar inmediatamente a el que la ha despachado bajo pena de reprimenda en Logia, si se atreve ni aun siquiera a enseñarla a otro Hermano.
El Hermano sirviente que diere a leer o a copiar un papel que le ha sido confiado para entregar a un Hermano, a otro que no le pertenezca por no irle dirigido, o a un miembro de otra Logia , será despedido del servicio como perjuro, su exclusión como los motivos de la expulsión serán por circular comunicados a todas las Logias.
Los Hermanos sirvientes recibirán circulares solo del Venerable o del Vigilante que le reemplaza, del Secretario, del Tesorero, del Limosnero y de sus substitutos legales. El que aceptare una circular de otro miembro de la Logia que no sea de los arriba mencionados, e inmediatamente no vaya a entregarla, (antes de mostrarla a persona alguna) a uno de los Hermanos que tienen el derecho de expedirlas, será despedido incontinente del servicio.
Un Hermano sirviente que por abandono, negligencia o descuido no cumpla con sus funciones, faltará al respeto y cortesía que debe tener a los Hermanos como si se acostumbra a los excesos de bebidas fuertes; si su falta queda probada, se reprenderá públicamente por la primera vez pero si reincidiera en ella, se despedirá del servicio.
Los días de asamblea los Hermanos sirvientes se hallaran temprano en el local de la Logia para preparar todo lo que fuera necesario y cuidaran especialmente de guardar bien la puerta del Templo para que ningún profano se pueda introducir.
Ellos son los que sirven en los banquetes, pero si la necesidad lo exigiere entonces es cuando se permitirá el que les auxilien criados de los miembros de la Logia, que dado el caso de que sean necesarios nunca serán admitidos en ella con librea.
El detalle de las funciones y obligaciones de los HH.·. Sirv.·. y la recompensa que pueden algún día merecer, serán fijados por la L.·. respecto a sus necesidades. Recibiendo desde luego del Secretario que corresponda una instrucción por escrito de las obligaciones que les están impuestas por su Logia.
Si llegare a prenderse fuego en la casa donde está establecida la Logia o en su vecindad, los Hermanos Sirvientes acudirán a salvar los efectos de la Logia y sobre todo los papeles, dando prontamente aviso de este acontecimiento a los Oficiales y miembros del Taller que vivieren mas cerca.
El título de Hermano que se da a estos servidores les hace con razón esperar que ninguno de los miembros de la Logia los tratará groseramente ni con menosprecio. Nadie tiene derecho de exigir de ellos como obligación un servicio que no sea peculiar a los negocios de la Logia y si hacen otros que no lo sean a algunos Hermanos que se los hayan pedidos, darán con esta conducta una prueba de su cortesía y de que tienen derecho al agradecimiento de los Hermanos.
Si un Hermano olvidando las atenciones que se deben a los Hermanos Sirvientes los tratase mal, el Hermano Sirviente puede quejarse al Venerable o a la junta de Dignatarios y Oficiales, los que están obligados a examinar el asunto y si la queja es justa ampararlo y ponerlo al abrigo de semejantes insultos, y aun de procurarle satisfacción.
Cuando una Logia esté satisfecha de la buena conducta de un Hermano Sirviente, debe este esperar con fundamento, que no le faltará ningún cuidado ni socorro que se juzgue necesario si viene a caer enfermo, y si muere, la Logia debe pagar los gastos del entierro.
0 comentarios:
Publicar un comentario