domingo, 18 de febrero de 2018

DEBERES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS GARANTES DE PAZ Y AMISTAD


Después de la reorganización de la Masonería por la Gran Logia de Inglaterra, y queriéndose estrechar las relaciones fraternales que deben existir entre la Gran Familia Masónica Universal se creó la modalidad de nombrarse de Logia a Logia y de Gran Logia a Gran Logia, sus representantes diplomáticos a los que acreditaban por medio de un Diploma que desde aquella época hasta la presente se conocen con el nombre de Garantes de Paz y Amistad.

DEBERES

PRIMERO:
 
- Son deberes de un Garante de Paz y Amistad, poner al corriente de todos los asuntos que se refieran al Bien General de la Orden, de la Humanidad y del Taller que representa, para la buena marcha de la institución, remitir oportunamente el Cuadro Lógico y dar a conocer el movimiento de Iniciaciones, Aumento de Salario, Exaltaciones, Afiliaciones y Regularizaciones, y especialmente el nombre de los que fueron "Borrados" dando a conocer el motivo, remitirse mutuamente las copias de trazados presentados por HH.·. en su logia que sean la instrucción masónica, la Constitución de la Gran Logia a que esté juridisccionada siempre y cuando no sean de la misma jurisdicción, remitir un Juego de Liturgias con que se trabaje y los ejemplares de la revista que se edite.

DERECHOS

SEGUNDO:
 
- Son derechos de un Garante de Paz y Amistad, representar en todo y por todo a la Logia que lo designó, defenderla cuando sea atacada su soberanía, organización o situación, no permitiendo que se hable mal de ella, ni en lo particular de ningún hermano, dar a su nombre las medallas al finalizar los trabajos litúrgicos de su Logia, "No pudiendo contraer ninguna obligación o compromiso sin el previo consentimiento por escrito de su representada".
 
OBLIGACIONES

TERCERO:
 
- Son obligaciones de un Garante de Paz y Amistad, atender en todo a los miembros del taller que lo nombró, cuando éste sea de Oriente fuera del que la representa, dándole todas las facilidades si no conoce el Oriente, presentarlo a su taller, y si llegase el caso pedirá en su nombre ayuda moral o económica si las circunstancias así lo exigieren.

GENERALIDADES

La Logia que designa un Garante de Paz y Amistad, debe inscribirlo en su Libro de Oro como Miembro Honorario y éste lo será mientras sea miembro activo de la Logia en que fue designado. Cuando un Garante de Paz y Amistad se presente a la Logia que lo eligió, deben dispensarle los honores que correspondan a un Venerable Maestro en Funciones.
 
 


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